viernes, 30 de octubre de 2009

CODIGO DE CONDUCTA PARA LOS FUNCIONARIOS CIVILES O MILITARES QUE CUMPLAN FUNCIONES POLICIALES EN EL AMBITO NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL

Resolucion Nro. 364 del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia de fecha 21 de Septiembre del año 2006

Articulo 1:
La presente resolucion tiene como objeto regir la conducta etica de los funcionarios o trabajadores civiles o militares que cumplen funciones policiales en el ambito nacional, estadal y municipal y ratificar el compromiso que tienen de sujecion y obediencia a la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, leyes nacionales e instrumentos internacionales sobre proteccion a los derechos humanos.

Articulo 2:
La funcion policial constituye un servicio publico de caracter civil de vital importanacia en el Estado Democratico y Social de derecho de justicia, cuyos valores primordiales son la etica, en el ejercicio de sus funciones, el respeto a la dignidad y a los derechos humanos, el servicio permanente a la comunidad, la adecuacion entre fines y medios como criterio de su actuacion y la responsabilidad.

Articulo 3:
Los funcionarios policiales, sean civiles o militares, conforme a la dignidad del servicio publico que les compete, observaran un comportamiento ejemplar apegado al cumplimiento de la constitucion y las leyes, exaltando los valores de solidaridad, paz, libertad, justicia, igualdad y respeto.

Articulo 4:
Todos los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales se comprometen a:
a. Respetar y proteger la dignidad humana y mantener, defender y promover los derechos humanos de todas las personas, sin discriminacion alguna por motivos de raza, sexo, religion, idioma, opinion politica, origen nacional, posicion economica de cualquier indole,
b. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilegales con absoluto
respeto y cumpliendo los deberes que le impone la Constitucion de la Republica y Demas leyes.
c. Ejercer el servicio policial con absoluta imparcialidad, legalidad, transparencia, necesidad, proporcionalidad y humanidad,
d. Valorar e incentivar la honestidad y en consecuencia, denunciar cualquier acto de corrupcion que conozca en la prestacion del servicio policial,
e. Observar en toda actuacion, un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos y las ciudadanas, a quienes procuraran proteger y auxiliar en las circunstancias que fuese requerido.
f. Portar el uniforme, las insignias policiales, las armas y equipos reglamentarios debidamente, de manera que la colectividad pueda reconocer el cuerpo policial o militar al cual pertenece y mostrar en todo acto de servicio los documentos e identificativos que los acrediten como autoridad publica.
g. Informar a la colectividad de las actuaciones a realizar en virtud de la implementacion de acciones o medidas para la seguridad ciudadana que las involucre,
h. Velar por el disfrute del derecho a la reunion y del derecho a manifestar publica y pacificamente conforme a los principios de respeto a la dignidad, tolerancia, cooperacion, comprension e intervencion oportuna, proporcional y necesaria,
i. Respetar la integridad fisica de todas las personas y bajo ninguna circunstacia, inflingir, instigar o tolerar ningun acto arbitrario, ilegal, discriminatorio o de tortura u otros tratos crueles, inhumanas o degradantes que entrañen violencia fisica, psicologica o moral, en cumplimiento del caracter absoluto del derecho a la integridad fisica, psiquica y moral garantizado constitucionalmente.
j. Garantizar a las victimas apoyo, la asistencia y la informacion que requieran, sin discriminacion alguna,
k. Utilizar el arma de fuego solo en circunstancias extremas, como reaccion al ejercicio de una fuerza letal para la defensa de la propia persona o de los terceros, ante una agresion ilegitima y atendiendo a los principios de necesidad, oportunidad y proporcionalidad,
l. Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios se comprometen a lo siguiente: 1) Ejercer moderadamente y actuar en proporcion a la gravedad del incidente y al objetivo legitimo que se persiga,
2) Reducir al minimo los daños y lesiones y respetar y proteger la vida humana,
3) Proceder de modo que se preste, lo antes posible, asistencia y servicios medicos a las personas heridas o afectadas,
4) Procurar notificar lo sucedido, a la menor brevedad posible, a los parientes o amigos intimos de las personas heridas o afectadas.
m. Absternerse a ejecutar ordenes que comporten la practica de acciones u omisiones ilicitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos garantizados en la constitucion o en los tratados internacionales sobre la materia y oponerse a toda violacion de derechos humanos de que conozca en la practica de sus funciones.
n. Denunciar las violaciones a los derechos humanos que conozca se hayan producidos o se sospeche vayan a producirse.
o. Informar a sus superiores y si fuese necesario, a cualquier organismo que tenga atribuciones de control o correctivas, cuando tengan motivaciones para creer que se ha producido o va a producirse un acto de tortura, estando en el deber de tomar e imponer las medidas o acciones a que hubiere lugar para impedirlas.
p. Respetar la libertad personal y practicar solo las detenciones autorizadas por el orden constitucional. En caso de detencion, explicar suficientemente las razones, facilitar comunicacion con sus familiares, amigos y abogados, asi como observar estrictamente los tramites, lapsos y requisitos exigidos por el ordenamiento juridico. Asimismo, comprometerse a velar por la vida e integridad fisica, psiquica y moral del ciudadano detenido o que se encuentre bajo su custodia, respetando sus derechos y dignidad.
q. Asegurar plena proteccion de la salud e integridad de las personas bajo su custodia y, en particular, tomaran las medidas inmediatas para proporcionar atencion medica.
r. Ejercer el servicio policial utilizando los mecanismos y medios pertinentes y apegados a la Constitucion establecidos para la preservacion de la paz y la garantia de la seguridad individual y colectiva.
s. Extremar las precauciones, cuando la actuacion policial este dirigida hacia los niños, las niñas o los adolescentes, asi como al adulto mayor y las personas discapacitadas, para garantizar su seguridad e integridad fisica, psiquica y moral, considerando el principio de preeminencia de sus derechos en todo momento.
t. Cualquier otra obligacion que sea adecuada para la prestacion del servicio policial, de acuerdo a lo previsto por el organo coordinador de seguridad ciudadana.
Articulo 5:
Las instituciones de policia dispondran de una serie de medios que permita a los funcionarios policiales un uso diferenciado de la fuerza y entrenaran permanentemente a todos sus funcionarios para el uso de esos medios.

Articulo 6:
Las normas contenidas en este Codigo integraran las regulaciones que rijan a cada uno de los organos policiales en los ambitos nacional, estadal y municipal, asi como a la normativa militar en tanto que sus organos cumplan funciones policiales, y les regira a todos como principios de interpretacion, incluyendo el regimen disciplinario.
Articulo 7:
Las maximas autoridades de los cuerpos policiales se encargaran de promover y difundir por todos los medios a su alcance acciones para que todos sus funcionarios, asi como la ciudadania en general, conozcan y respeten el contenido y alcance de este codigo de conducta el cual debera ser colocado en lugares visibles en todas las dependencias de los mismos.

Articulo 8:
La conducta de los funcionarios civiles o militares que cumplan funciones policiales estara ajustado a los principios establecidos en esta resolucion, tomandose como referencia valorativa valida para la evaluacion que se haga del servicio prestado por estos.

Articulo 9:
Las disposiciones del presente codigo de conducta deberan interpretarse conforme a los principios de progresividad, interdependencia, indivisibilidad e irrenunciabilidad de los derechos humanos conforme a lo establecido en el articulo 19 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela en aras de la cabal proteccion de los mismos.



jueves, 29 de octubre de 2009

El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del. Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional


Cuando ingreso en 1990 en la Escuela Regional de Policia, nucleo Maracay, recuerdo que en una de las charlas, el entonces director nos informo al inicio del Curso que nosotros seriamos el curso con mayor duracion en esa casa de estudios porque posiblemente se nos extenderia la duracion porque se aprobaria la carrera de Tecnico Superior en Tecnologia policial, al finalizar el otro director nos informo que debido a que falto una firma o algo parecido para ejecutar el decreto, luego de 18 meses de formacion nos graduarian, como un "curso" mas. A lo largo del desempeño policial, aun con el rango de sub-inspector, me preocupo mucho esta cuestion, animando siempre a mis superiores, algunos con quienes se podia compartir visiones de futuro, a buscar opciones para que la Oficialidad de la Policia de Aragua, en primera instancia, pudiera optar a cursar estudios de pregrado universitarios, por un lado buscabamos algunos Oficiales, (Luis Cordero, Miguel Fernandez, Ana Manrique, entre otros) que se consolidaran convenios con los Institutos Universitarios regionales, al mismo tiempo ibamos al Instituto Universitario de la Policia Metropolitana a solicitar informacion para fundar un nucleo de ese Centro Universitario en nuestra sede, claro eso empezo en el año 1993 y la sede de nuestro Comando quedaba en el Barrio Alayon, pudiendo consolidarse este anhelo cinco años mas tarde; Como Inspector Jefe me toco fundar la Division Academica de la Policia de Aragua y junto a noveles Oficiales (recuerdo a: Aimara Aguilar, Rivic Machado, Gilberto Quilelly, Nelson Rodriguez, Nerio Aparicio, Jesus Lopez, la Profesora Elizabeth), emprendimos el proyecto sin fines de lucro, y como docentes adhonorem, en todos los sentidos, porque hasta los Diplomas teniamos que comprarlos nosotros, unos mas otros menos, recuerdo las caminatas o paseos que era una de las partes dinamicas mas fuertes y las debia enfrentar el Sub-inspector Ismael Gonzalez, quien se trasladaba junto con el grupo de formandos caminando hacia choroni desde los lados de San Joaquin de Turmero, en 72 hrs continuas de recorrido. Al mismo tiempo, se lograba que se aprobara la Carrera de Tecnico Superior en Administracion Policial, en coordinacion con un Tecnologico de la Ciudad...
Con la alcaldia de Linares Alcantara nos toco (Luis Pacheco, Carlos Diaz, Ninyi Suarez, entre otros) un dificil papel al comprometernos a formar la policia Municipal de alli, previa aprobacion del Ministerio del Interior y de Justicia, sin recursos de ninguna indole, por 4 meses lo hicimos, suministrandole uniformes, alimentacion y medicinas, claro al finalizar el curso el compromiso era que venian otros cursos y ya para ese año que entraba los recursos ya estarian aprobados, en efecto fue asi, pero el alcalde no nos busco ni para las gracias, pero nuestra etica, moral y dedicacion desinteresada continuaba inamovible.
Aun asi veiamos que era imposible que hubiera una Ley nacional de Policia, no siendo sino hasta que en el 1999 cuando se proponen la elecciones para la asamblea Nacional Constituyente que se publica el tema, en nuestras investigaciones descubriamos que existian proyectos de Ley de Policia Federal en Venezuela, desde el año 1969 y que por razones desconocidas fueron engavetados, algunos visionarios de la policia, y con la colaboracion y participacion directa de Organizaciones no gubernamentales, como por ejemplo la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, comentabamos lo dificil que era la cuestion de la Ley, como podia ser posible que tantas leyes que se aprobaban en nuestro pais, y para nosotros nada; Los Bomberos, Proteccion Civil, Los Boys Scouts y otros ya tenian una Ley, y parecia imposible para nosotros, aun cuando fue incluida en la nueva constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, un tema tan importante, fue atrasado, sin embargo, el animo nunca decayo aunque algunos detractores nos hacian muecas, permanecimos firmes, hasta que el presidente Hugo Chavez decidio enfrentar con firmeza la ejecucion de esta Ley y que habia permanecido en la Asamblea Nacional, un tiempo, investido de autoridad para tal fin promulgo El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, aunque algunos Funcionarios siguen objetando y criticandole algunos de sus parrafos, Los que hemos luchado porque esto se consolide nos embargamos de alegria y optimismo mas aun cuando tambien se decreta la creacion de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad; uf que respiro por fin el desempeño del trabajo policial es tomado en cuenta y tiene la importancia y relevancia dentro del estamento nacional, al igual que otras profesiones, por supuesto que esto genera cambios, muchos cambios, al igual que las revoluciones los generan a nivel mundial y a veces los que luchamos por estos proyectos y visiones, desinteresadamente, como Pioneros que somos; como aquellos pioneros que nos dieron paso a nosotros y no disfrutaron de los beneficios que exigian y soñaban conque un policia no solo tenia que saber leer y escribir, aquellos pioneros que nunca pensaron disfrutar de un bono vacacional, menos de los pagos de fideicomiso y de prestaciones, pero por ellos podemos estar nosotros, y dejar un futuro mas promisor, particularmente le doy sinceramente las gracias al presidente Hugo chavez, por cristalizar este anhelo, por la puesta en practica y ejecucion de esta Ley en toda su extension, atras quedaran los detractores y criticos y pesimistas, asi como la confusion generada por los coloridos y modelos de uniformes que usan los diferentes cuerpos policiales, los atrasos, la incertidumbre, la desesperanza, con la Organizacion Policial otro sera el camino a andar para las nuevas generaciones, por un largo tiempo; en nuestro Estado como uno de los Estados Pilotos, corresponde a nuestro Gobernador Rafael Isea, quien es pieza importante de estos cambios policiales a nivel nacional, presidir estos cambios, mi afectuoso saludo y apoyo incondicional, por este anhelo cristalizado por el personal policial que deja de ser un sueño imposible, parte de este Blog es dar a conocer ese esfuerzo de nuestros antecesores y pioneros para que la nueva sangre policial de los que hoy estan en nuestras filas, conozcan nuestra historia y valoren nuestro entorno de desempeño policial.

miércoles, 28 de octubre de 2009

martes, 27 de octubre de 2009

Instantes...


Hurgando entre mis recuerdos, libros y anotaciones, transcribo este poema, que lei en la isla de margarita en una tienda, cuyo autor aparece al final, me parecio muy bonito en su contenido y reflexion... para compartirlo con vosotros.

INSTANTES

Si pudiera vivir nuevamente mi vida. En la próxima, trataría de cometer más errores. No intentaría ser tan perfecto, me relajaría más. Sería más tonto de lo que he sido de hecho. Tomaría muy pocas cosas con seriedad. Sería menos higiénico. Correría más riesgos, haría más viajes, contemplaría más atardeceres, subiría más montañas, nadaría más ríos... Iría a más lugares a donde nunca he ido, comería más helados y menos habas, tendría más problemas reales y menos imaginarios. Yo fui una de esas personas que vivió sensata y prolíficamente cada minuto de su vida, claro que tuve momentos de alegría... Pero si pudiera volver atrás, trataría de tener solamente buenos momentos, no te pierdas el ahora. Yo era uno de esos que nunca iba a ninguna parte sin termómetro, una bolsa de agua caliente, un paraguas y un paracaidas, si pudiera volver a vivir, viajaría más liviano. Si pudiera volver a vivir comenzaría a andar descalzo a principios de la primavera y seguiría así hasta concluir el otoño. Daría más vueltas en calesitas, contemplaría más atardeceres y jugaría con más niños... Si tuviera otra vida por delante... Pero ya ven, tengo 85 años y sé que me estoy muriendo.

(Nadine Stair)

Japa Japa


A este personaje lo conoci por los lados donde funciona actualmente la comisaria de la Cooperativa, me llamo la atencion su vestimenta entre lo militar y lo policial, entre tartamudeos apenas logre varias veces oir un balbuceo, en sus hombros a la bandolera colgaba una similitud a escopeta construida con un tubo de agua y madera, un correaje policial en su cintura y un revolver de plastico en su funda, botas plasticas, en su camisa militar unas insignias policiales y sobre su cabeza un kepis de los que anteriormente usaba la policia, y su saludo militar eventualmente lo transmitia cada vez que pasaba un policia o un militar por su lado.
Aunque algunos jovenes solian lanzarle improperios para molestarlo era una persona muy apreciada por la comunidad tanto que la casita donde vivia se la dio la comunidad y era comun que los vecinos o cualquiera que pasara le obsequiara comida o botellas de refresco.
Indage sobre sus familiares y no consegui informacion certera, algunos adultos me contaron como cuando niños lo molestaban para hacerlo correr. Japa japa, fue encontrado muerto en su casita, algunos dicen que los delincuentes del sector lo mataron para haerse de las morocotas que en algun lugar tenia enterradas. Lo cierto del caso que aun se mantiene como un icono de Maracay, aunque a manera de chanza los Uniformados cuando no llevan el porte ni la elegancia requerida, les dicen: que japa japa, andaba mejor vestido.